Según la Ley de Contratación Pública, la condena de un candidato/participante por determinados tipos de delitos penales, incluido el cohecho internacional activo y pasivo, es motivo de exclusión obligatoria de la participación en un procedimiento de contratación pública. Es aplicable indirectamente a las personas jurídicas, dado que los motivos también se aplican a la exclusión de las personas naturales que representen al candidato/participante por derecho o sean sus apoderados, así como a los miembros de sus órganos de dirección y supervisión, y cuando estos órganos incluyan una entidad jurídica a las personas naturales que la representen (artículo 54, apartados 2 y 3 de la Ley de Contratación Pública búlgara).
Fuente: Ley de Contratación Pública de Bulgaria (traducida al inglés).